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    ¿Cómo calcular el Impuesto a la Renta por la venta de inmuebles?

    8 de marzo de 2019

    El Impuesto a la Renta de primera categoría es el que afecta a las ganancias generadas por el alquiler, subalquiler o por la transferencia de bienes muebles o inmuebles. El monto que la Sunat se encarga de recaudar es equivalente al 5% de la ganancia bruta, determinada en base al reajuste del valor de las propiedades.

    impuesto a la renta por la venta de inmuebles

    En este artículo de TCA Soluciones, se va a tratar un tema que genera dificultad a muchos contribuyentes. Hablamos del cálculo anual del Impuesto a la Renta, para los que no están familiarizados con los términos tributarios, este proceso se puede volver todo un dolor de cabeza. Continúe leyendo la nota para resolver sus dudas respecto al tema.

    ¿Cómo se calcula la ganancia por la venta de un inmueble?

    Para iniciar con este proceso se tiene que conocer el valor total de la propiedad, puede tomar como referencia el precio por el que la compró. Luego, se tiene que multiplicar esa cantidad por el Índice de Corrección Monetaria (ICM) correspondiente al mes y año de su construcción. El Ministerio de Economía y Finanzas publica una lista mensual con dichas cantidades, en los primeros cinco días de cada mes.

    Una vez que se ha obtenido esa cifra, se tiene que restar ese monto del precio de venta. La cantidad resultante es la Ganancia Bruta. Sobre ese monto se debe aplicar un cálculo para determinar el 5%. El resultado de esa operación es lo que se debe declarar y pagar como Impuesto a la Renta.

    Valor de venta – (Valor inicial de la propiedad x ICM) = Ganancia Bruta

    ¿Hay excepciones para el pago del Impuesto a la Renta?

    Este tributo aplica a casi todas las transacciones con inmuebles, pero existe una excepción al respecto. Las únicas propiedades que se pueden transferir o vender sin pagar ni un céntimo son las llamadas “casa habitación”. Este concepto se aplica a cualquier lugar donde se haya vivido más de dos años y que no haya servido para comercio, oficinas o almacén.

    Cualquier predio que no cumpla con esos requisitos es susceptible de ser gravado con el Impuesto a la Renta. Tomemos como ejemplo a un inmueble que solo se adquirió para ser revendido. En ese caso, no se puede considerar al lugar como una “casa habitación”, a pesar que su diseño está pensando en albergar familias. Asimismo, una casa o un edificio que se ha construido con el propósito de venderlo (condominios), tampoco entraría en esa categoría.

    Siguiendo esa línea de pensamiento, todos los bienes inmuebles propiedad de sociedades con propósito de lucro, deben pagar el Impuesto a la Renta. Si requiere de un estudio de asesoría tributaria para empresas, contacte con TCA Soluciones. Llame a los números 952 056 697 / (511) 510 1302 o escriba al correo electrónico cotizaciones@tcasoluciones.com para solicitar más información.

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