Los recibos por honorarios certifican la entrega y recepción del pago de un trabajador. Estos documentos se emiten cuando un profesional brinda sus servicios o desarrolla algún tipo de actividad remunerada.
A pesar que los recibos por honorarios son ampliamente usados, todavía hay personas que tienen dudas acerca de su funcionamiento. Por esa razón, TCA Soluciones trae este artículo donde responde las preguntas más comunes que se hacen acerca de los recibos por honorarios. Siga leyendo.
Con la implementación de la emisión electrónica de recibos, ha surgido esta duda en la mente de varios trabajadores. La respuesta a esta pregunta es un gran SÍ, pero con algunas excepciones. Si un profesional presta servicios a cualquier entidad del estado o a un agente de retención, solo puede emitir su recibo de forma electrónica.
En este caso, el usuario que requiere este documento debe solicitar una nueva copia. La persona que emitió el recibo electrónico puede descargar el mismo recibo desde la plataforma de la Sunat. Solo se necesita saber el número de recibo o recordar la fecha aproximada en la que se emitió.
Los comprobantes electrónicos se pueden eliminar con suma facilidad. Solo se tiene que acceder a la plataforma de la Sunat y seguir alguno de los siguientes procedimientos:
– Nota de crédito
Si el error está en el monto del dinero recibido, opte por una nota de crédito. Se tiene que colocar la serie y el número del recibo que desea anular. Además, se debe ingresar el monto y una pequeña explicación acerca de los motivos que llevan a la anulación.
– Revertir los recibos por honorarios
Si error se concentra en los datos de la persona o institución a la que se ha prestado servicios, o en el nombre del trabajador, opte por la reversión. En este caso, tiene que llenar una forma online con la descripción del servicio y la cantidad que cobró. Antes de revertirlo, puede tener que eliminar los pagos.
En ese caso, se puede hacer entrega de un recibo físico. La obligación de emitir recibos por honorarios de manera electrónica solo afecta a las empresas que son agente de retención de rentas de cuarta categoría. Las especificaciones están determinadas en el Art. 74° de la Ley de Impuesto a la Renta.
Si usted tiene más dudas acerca de los recibos por honorarios, debería solicitar la asesoría de una de las empresas de asesoría contable de Lima. Contacte con TCA Soluciones llamando a los números 952 056 697 / (511) 510 1302 o escribiendo al correo electrónico cotizaciones@tcasoluciones.com para solicitar más información.
(Fuente: Sunatb