La Superintendencia Nacional de Adunas y Administración Tributaria (Sunat) cada año publica una lista de los contribuyentes que deben presentar su declaración jurada anual. Conjuntamente, se establece un cronograma de plazos para realizar dicho trámite legal. Este proceso es parte de las acciones de fiscalización para evitar la evasión y elusión tributaria.
Este trámite debe ser realizado por todos aquellos contribuyentes que adeuden impuestos a la Sunat. Usualmente, esa deuda suele corresponder a cierto monto del Impuesto a la Renta impago. Tanto las personas jurídicas como las naturales son susceptibles de tener que rendir una declaración jurada anual.
Sin embargo, existen algunos mecanismos para no tener que pagar grandes sumas al hacer este trámite. Por ejemplo, se puede hacer un pago anticipado, correspondientes al impuesto a la Renta. En ese caso, todavía se tendrá que hacer la declaración, pero la suma cobrada puede ser muy pequeña.
Usualmente, las empresas que utilizan ese tipo de estrategias cuentan con el apoyo de un estudio contable. La asesoría tributaria es un punto clave para superar las fiscalizaciones. Con un plan de pagos adecuado, hasta puede tenerse saldo a favor. En ese caso, se puede elegir que la Sunat retenga ese dinero en forma de crédito fiscal o que sea devuelto.
Las empresas que incumplen con esta obligación son afectadas por una multa, de con las Tablas de Infracciones y Sanciones previstas en el Código Tributario. Para las compañías en Régimen General, este año se ha establecido una penalidad de 1 UIT. Desde el 1 de enero del 2019, eso equivale a 4200 soles, pero su valor se ajusta cada año.
Ese desembolso está sujeto a rebajas que obedecen a una gradualidad determinada por la voluntad de subsanación. Si se ha cometido el error de olvidar la declaración jurada anual, se puede regularizar de manera voluntaria. Esa simple acción reduce el desembolso a solo 20% de la UIT. Es decir, solo se pagaría 840 soles.
Además, se desea hacer el pago de la multa en ese mismo momento solo será de 10%, en otras palabras 420 soles. Sin embargo, el pago de la multa no se descuenta del monto especificado en la declaración anual. Toda esta información es remitida por la Sunat a través de la plataforma SOL. Además, el pago se puede hacer de manera virtual a través del mismo sistema.
Este trámite se realiza solo a través de la página web de la Sunat. Ahí se remite la información personal de cada contribuyente. Los usuarios pueden verificar que los ingresos y créditos especificados correspondan a la realidad. Si se está conforme con los montos, entonces, se envía a través de ese mismo medio.
En caso de estar en desacuerdo pueden corregirse los datos y remitirse de la misma manera. En ambos casos se considera que la declaración jurada anual ha sido satisfecha. No olvides que antes de realizar este trámite debes hacer un balance contable de todo el periodo, para evitar cálculos erróneos.
Si requieres ayuda con estos trámites tributarios, mejor con un estudio contable de atención de fiscalizaciones. Llama a los números 952 056 697 / (511) 510 1302 o escribe al correo cotizaciones@tcasoluciones.com para solicitar más información acerca de nuestros servicios.
(Fuente: Sunat, Villa Muzio y Plus Empresarial)
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